Impuesto a la Renta y Alquileres de Inmuebles
Tiempo atrás, al iniciar el año 2009, entró en vigencia el Decreto Legislativo Nº 972 en el que se establecía que ya no es necesario abonar el 12 por ciento de pago a la cuenta sino que se debe pagar un 5 por ciento. Pero, ¿de qué se tratan estos porcentajes hoy en día?

A inicios del año 2009 se hablaba del Decreto Legislativo Nº 972 con el que aquellas personas que alquilaban una vivienda o local no debían pagar un 12 por ciento sino tan sólo un 5 por ciento. De esta manera, el ahorro sería de un 10 por ciento; algo que contribuiría enormemente a mejorar la accesibilidad de la población a las viviendas.
Para los especialistas, el cambio de porcentaje aumentaría el sinceramiento de las operaciones de esta clase y a la vez garantizaría un mayor aporte tributario. Siendo lo más importante que como se han cedularizado las rentas de primera y segunda categorías, se genera una deducción flat de 20 por ciento sobre la renta neta de capital (suma de ambas rentas brutas), aplicándose una tasa de 6,25 por ciento al final del ejercicio para ese tipo de renta.
En otras palabras, con el decreto se mejoraron las posibilidades tributarias y arrendatarias para los ciudadanos peruanos.
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